miércoles, 1 de febrero de 2012

SEGUCITY CONSULTORES, SL. propietario del vehículo de uso particular de José Fco. de la Vega

Hemos visto en el artículo publicado por ABC http://www.abc.es/20120201/espana/abcp-despacho-blazquez-epicentro-trama-20120201.html delata la interactuación clara e interesada entre SEGUCITY CONSULTORES, SL y Cano de la Vega al respecto de su vehículo marca HONDA CRV

El despacho de Gil Blázquez es el epicentro de la trama

Es importante aclarar a los ciudadanos de Fuenlabrada el significado real de este hecho.

1.- SEGUCITY CONSULTORES, SL. compra ese vehículo marca HONDA CRV que se matricula el día 07/05/2007.
2.- SEGUCITY CONSULTORES, SL realiza transferencia (sin poder determinar si ha sido por una venta, donación, etc.) de este vehículo marca HONDA CRV a José Fco. Cano de la Vega con fecha 07/07/2009

En consecuencia, la sociedad que administraba en ese momento Ángel Gil Blázquez, adquiere ese vehículo a nombre de SEGUCITY CONSULTORES, SL para que José Fco. Cano de la Vega haga un uso habitual de dicho vehículo.

Por ello, hay que preguntarse lo siguiente:

1.- Si dicho vehículo es para que Cano de la Vega realice gestiones empresariales en nombre de SEGUCITY CONSULTORES, SL; es imprescindible que la empresa y Cano de la Vega expliquen públicamente la relación contractual que les une, además de la socios...
2.- Si es exclusivamente para uso personal de Cano de la Vega, es imprescindible que la empresa y este señor expliquen públicamente la causa que justifica esa acción: Reparto de beneficios en especie, dádiva como regalo por su trabajo no remunerado en la sociedad, etc....

Lo que queda meridianamente claro es que el Sr. Cano de la Vega recibe un vehículo propiedad de la sociedad SEGUCITY CONSULTORES, SL...

Desde este blog les exponemos cuál ha sido la explicación que José Fco. Cano de la Vega ha dado a este hecho según consta en las Diligencias Previas del procedimiento Abreviado 2602/2009 del Juzgado de instrucción nº1 de Fuenlabrada, por querella presentada en 2009 por José Fco. Cano de la Vega por presuntos delitos de INJURIAS Y CALUMNIAS HECHAS CON PUBLICIDAD contra el "El autor o responsable de la página web en internet consistente en el blog “fuenlabradanecesitauncambioya.wordpress.com”, por ahora desconocido, así como los autores de los comentarios insertados en el referido blog, o página web, que escriben sus comentarios con seudónimo (o “nick” en el argot informático) “fuenlipoli”, “policiavaliente”, y “contra el enchufismo¨. 

En el Punto cuarto, apartado séptimo de dicha querella, se dice literalmente lo siguiente (se aporta consideraciones con texto en negrita):



SÉPTIMO.- El sexto apartado del blog es “¿Un coche de regalo?”.
            En este apartado del blog, el autor del mismo informa falsamente que Honda le ha regalado un coche al JPLF (Jefe de Policía Local de Fuenlabrada, por medio del siguiente texto:
“En el número 2 de la revista oficial de la Feria de la Seguridad http://www.mediafire.com/file/ymd4iy51zmv/BOLETIN_INTEGRA_09_12_08(2).pdf aparece como patrocinador oficial de CONJEPOL 2009 (Conferencia de Jefes de Policía) http://www.conjepol.com/cas/index.htm una marca de coche en particular. La misma marca de coche que tiene el JPLF. Coche que está a nombre de la empresa que pertenece al Director General de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Fuenlabrada.¿?

Importante resaltar que el denunciado ya detalla que el vehículo HONDA está a nombre de Segucity Consultores, S.L. cuyo administrador único es Ángel Gil Blázquez, Director General de RR.HH. del Ayto. Fuenlabrada.

-¿Por qué vas a pensar mal?
-Porque de que vuelan, vuelan. Y porque si piensas mal, ¿aciertas?
Ya lo veremos. En uno de estos días… Coslada saldrá a la palestra… ¿Qué tendrá que ver el JPLF?
Interesante enlace: http://livecop.blogspot.com/2008/12/integra-seguridad-professional-magazine.html”
            Además, se informa falsamente que el coche está a nombre de una empresa del Director General de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Fuenlabrada. 

Es importante resaltar que Cano de la Vega, como demandante, desarrolla a través de datos inciertos su alegato de denuncia al indicar que el vehículo HONDA no está a nombre de Ángel Gil cuando la realidad es que Segucity Consultores, SL. ha sido su primer propietario desde mayo de 2007 hasta julio de 2009 y desde la constitución de Segucity Consultores hasta el día de hoy Ángel Gil es el Administrador Único de la sociedad, según consta en el Registro Mercantil.
            El autor del blog por tanto está imputando falsamente, y con desprecio a la verdad, un delito de cohecho del art. 419 y siguientes del CP consistente en recibir una dádiva de un patrocinador de un evento denominado “CONJEPOL”, el congreso de Jefes y Mandos de Policía Local, de carácter anual. El patrocinador al que se refiere es la marca de coches “Honda”, que es titularidad de una empresa en la que no tiene nada que ver el Director General de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Fuenlabrada, sino que la empresa titular tiene vínculo con la familia del querellante. 

Vuelve a mentir al juez en su alegato como querellante al indicar que la titularidad del vehículo (Segucity Consultores) no tiene nada que ver con Ángel Gil y si con una tal Yolanda Pecharroman Lobo, hermana de la cuñada de Cano. La realidad es que Segucity Consultores, SL. ha sido su primer propietario desde 2007 hasta julio de 2009 y desde la constitución de Segucity Consultores hasta el día de hoy Ángel Gil es el Administrador Único de la sociedad.
            Por tanto, es un familiar muy cercano quien le facilita eventualmente el coche, y no es un regalo de “Honda” por la participación o patrocinio de ningún evento, está comprado en el año 2007, dos años antes de la falsa noticia, y no constituye dádiva alguna, por lo que es patente la falsedad de la imputación del delito de cohecho que hace el autor del blog al querellante, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio de su la verdad, y concurriendo los elementos definidores del delito imputado. 

Es muy grave el falso argumento que se presenta al juzgado al indicar que el vehículo propiedad de Segucity Consultores se lo "facilita eventualmente". Ese familiar, que podría ser Dña. Yolanda Pecharroman Lobo (hermana de la cuñada de Cano de la Vega), no es administradora de SEGUCITY CONSULTORES según consta en el Registro Mercantil, por lo que queda claro que Cano de la Vega intenta justificar lo difícilmente justificable con el único objetivo de intentar marear al juez haciendo ver que lo que comenta el querellado es falso y por lo tanto es imputable de un delito de injurias y calumnias con publicidad. 

¿Por qué no le indica al Juez en dicha querella que es parte de SEGUCITY CONSULTORES, SL. y el por qué hace uso habitual de ese vehículo modelo HONDA?

Conclusión a la que se llega tras todo lo expuesto anteriormente: Cano de la Vega adquiere como administrador real de Segucity Consultores a través de su testaferro Ángel Gil, el único administrador legal de dicha sociedad, el vehículo HONDA. Dicha compra la realiza a través de esa sociedad con el objetivo, entre otros posibles, de no abonar el precio de este vehículo ya que los paga SEGUCITY CONSULTORES, SL. y de beneficiarse de una transferencia posterior realizada en julio de 2009 a su nombre, generándole la posibilidad de ahorrarse definitivamente el IVA con lo que ello conlleva... La figura de Yolanda Pecharroman es solo otra figura de paja interpuesta en SEGUCITY CONSULTORES para esconder la realidad de lo acontecido y busca con dolo y alevosía marear al juez y hacer parecer una verdad en una falsedad constitutiva de un delito de injurias y calumnias con publicidad para el querellado.


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